Exámenes médicos de ingreso: lo que el patrón sí puede exigir y lo que la LFT prohíbe

Exámenes médicos de ingreso: lo que el patrón sí puede exigir y lo que la LFT prohíbe

El examen médico de ingreso es legal si está previsto en el reglamento interior de trabajo. El certificado de no embarazo y la prueba de VIH como requisito de contratación no lo son, y la multa del artículo 995 de la LFT se impone por cada persona afectada.

Contratar personal extranjero: la constancia ante el INM que se pide antes de la oferta de empleo

Contratar personal extranjero: la constancia ante el INM que se pide antes de la oferta de empleo

El artículo 166 del Reglamento de la Ley de Migración obliga a toda persona física o moral que contrate personal extranjero —o que apenas emita una oferta de empleo a una persona extranjera— a promover ante el INM la Constancia de Inscripción de Empleador, con alta de los domicilios donde laboren extranjeros, aviso de cambios en treinta días naturales y actualización anual de la declaración de impuestos. A eso se suma el artículo 7 de la LFT: 90% de trabajadores mexicanos y un tope del 10% por especialidad técnica o profesional, con obligación solidaria de capacitar mexicanos. Incluye tabla de condiciones de estancia que autorizan trabajar (art. 52 LM), riesgos —visita de verificación del artículo 92 y multa de 50 a 5000 UMA del artículo 1002 de la LFT, de $5,865.50 a $586,550.00— y checklist para RH.

Trabajo de menores de edad: el registro del artículo 180 que casi nadie tiene armado

Trabajo de menores de edad: el registro del artículo 180 que casi nadie tiene armado

Contratar a una persona de 16 o 17 años es legal, pero la Ley Federal del Trabajo exige probarlo con papeles: certificado médico de aptitud previo (art. 174), constancia de educación básica concluida (art. 22 Bis), autorización de padres para los de 15 a 16 (art. 22) y el registro de inspección especial del artículo 180 con fecha de nacimiento, clase de trabajo, horario, salario y horario escolar. Sin ese expediente, el artículo 995 permite multar con 50 a 2,500 UMA ($5,865.50 a $293,275.00) por cada menor afectado, y el 992 ordena imponerla por trabajador. Si el trabajador tiene menos de quince años, el 995 Bis prevé prisión de uno a cuatro años. Incluye tabla comparativa frente al trabajador mayor de edad, el catálogo del artículo 176, la NOM-038-STPS-2024 y checklist para RH.

Periodo de prueba: los tres requisitos del artículo 39-A que casi nadie documenta

Ilustración editorial en azul marino y dorado con una balanza de la justicia, un contrato y un reloj, y los plazos de 30 y 180 días del periodo de prueba previsto en los artículos 39-A a 39-E de la Ley Federal del Trabajo

La LFT sí permite contratar a prueba —30 días como regla general, hasta 180 para puestos de dirección—, pero lo condiciona a tres requisitos: escrito, alta ante el IMSS desde el primer día y opinión de la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento. Si falta alguno, el artículo 39-C vuelve la relación indeterminada y la terminación se convierte en despido injustificado (art. 48: tres meses, salarios vencidos hasta por doce meses e intereses). Multa del artículo 1002: de 50 a 5,000 UMA, entre $5,865.50 y $586,550.00 con la UMA de $117.31. Incluye tabla comparativa con la capacitación inicial del artículo 39-B, riesgos y checklist para RH.

¿El fin del “Buró Laboral”? Cómo la reforma protege la privacidad

fin del buró laboral México

En la gestión de Recursos Humanos, la verificación de referencias ha sido durante años un proceso estándar: desde solicitar cartas de recomendación hasta consultar bases de datos de tercerospara conocer si un candidato tuvo algún litigio previo. Sin embargo, este escenario está a punto de cambiar drásticamente llegando el fin del buró laboral. Con los