Comisión de Seguridad e Higiene: 90 días para constituirla

Comisión de Seguridad e Higiene: 90 días para constituirla

El artículo 47 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo obliga a constituir la Comisión de Seguridad e Higiene en un plazo no mayor de 90 días naturales, y la NOM-019-STPS-2011 exige programa anual, recorridos trimestrales, capacitación anual y conservación de la evidencia por dos años. La omisión se sanciona con multa de 250 a 5,000 UMA ($29,327.50 a $586,550.00 pesos), por cada trabajador afectado y con duplicación en caso de reincidencia.