Sala de lactancia: no es obligatoria, pero el lugar adecuado e higiénico sí

Sala de lactancia: no es obligatoria, pero el lugar adecuado e higiénico sí

La sala de lactancia con estándares técnicos sigue siendo iniciativa legislativa; lo que ya obliga al patrón es designar un lugar adecuado e higiénico y otorgar dos reposos de media hora hasta por seis meses (art. 170, fracc. IV, LFT). Multa del artículo 995: de 50 a 2,500 UMA ($5,865.50 a $293,275.00 con la UMA de $117.31), por cada trabajadora afectada y duplicable por reincidencia. Además, el artículo 103 de la LSS deja a cargo de la empresa los 84 días de incapacidad cuando la trabajadora no reúne 30 semanas cotizadas. Tabla comparativa, riesgos y checklist para RH.