El finiquito que no cierra nada: la ratificación del convenio ante el Centro de Conciliación

Ilustración editorial en azul marino y dorado: balanza de la justicia sobre un documento de convenio laboral con sello de ratificación, artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo

El finiquito firmado en la empresa —aunque sea ante notario y con testigos— solo acredita un pago: sin ratificación ante el Centro de Conciliación no impide la demanda. El artículo 33 de la LFT exige convenio por escrito, relación circunstanciada de los hechos y ratificación ante la autoridad conciliadora; los artículos 987 y 684-E le dan efectos de sentencia ejecutoriada y cosa juzgada. En Baja California el sistema opera desde el 3 de noviembre de 2021. Multa del artículo 1002: de 50 a 5,000 UMA ($5,865.50 a $586,550.00 con la UMA de $117.31). Tabla comparativa, riesgos y checklist para RH.