NOM-018-STPS-2015: la hoja de datos de seguridad en inglés no cumple

En muchas plantas de Tijuana y Ensenada la hoja de datos de seguridad llega dentro de la caja: el proveedor estadounidense envía su Safety Data Sheet en inglés, alguien la archiva junto al almacén y el expediente se da por cerrado. No lo está. La NOM-018-STPS-2015 exige que la hoja esté en español, que exista un listado actualizado de las sustancias con su número CAS y su clasificación de peligros, que la señalización coincida con esa hoja y que la capacitación se documente cada año. Cuatro documentos, no uno. Y el inspector de la STPS los pide juntos.

Qué es realmente la NOM-018 y desde cuándo obliga

La NOM-018-STPS-2015, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 9 de octubre de 2015 y, conforme a su transitorio primero, entró en vigor tres años después: el 9 de octubre de 2018. Con ello quedó sin efectos la NOM-018-STPS-2000, la del conocido rombo. No es una norma nueva: lleva más de siete años exigible y muchas empresas siguen cumpliéndola con el formato abrogado.

El cambio de fondo fue la adopción del Sistema Globalmente Armonizado (SGA/GHS): pictogramas de rombo con borde rojo, palabra de advertencia, indicaciones de peligro con código H, consejos de prudencia con código P y una hoja de datos de seguridad de dieciséis secciones. Quien conservó el rombo de colores con números del 0 al 4 está señalizando con un criterio que la norma vigente ya no reconoce.

La norma aplica a todo centro de trabajo donde se manejen sustancias químicas peligrosas y mezclas. No importa si la empresa es química: importa si hay solventes, adhesivos, thinner, ácidos de proceso, gases comprimidos, resinas o pinturas. En un centro de distribución o en un taller de mantenimiento también las hay.


Las cuatro piezas del sistema armonizado

El numeral 6 enlista nueve obligaciones del patrón, pero todas giran alrededor de cuatro entregables que el Capítulo 8 define como el contenido del sistema armonizado. Si falta uno, el sistema no existe, aunque los otros tres estén impecables.

Primero, el listado actualizado. Debe contener, al menos, el nombre de cada sustancia o mezcla peligrosa, el número CAS —en mezclas, el de sus componentes— y la clasificación de sus peligros físicos y para la salud con su división o categoría. Se actualiza cada vez que se sustituye o adiciona una sustancia, o cuando hay información nueva sobre sus peligros. Es, en la práctica, el documento que más veces falta: hay hojas de seguridad sueltas, pero nadie levantó el inventario.

Segundo, las hojas de datos de seguridad. El numeral 9.1 es explícito en tres puntos: la HDS se desarrolla en formato libre, debe elaborarse o tenerse en idioma español y debe contener las dieciséis secciones del numeral 9.2. Además, el numeral 6.4 obliga a ponerlas a disposición permanente de los trabajadores en las áreas donde se manejan las sustancias: una carpeta bajo llave en la oficina de seguridad e higiene no cumple.

Tercero, la señalización. Depósitos, recipientes, anaqueles y áreas de almacenamiento deben señalizarse en lugar visible y, conforme al numeral 10.2, sus elementos deben coincidir con la información de la hoja de datos de seguridad. Una etiqueta que declara un peligro que la HDS no menciona es un hallazgo por sí misma.

Cuarto, la capacitación documentada. Debe impartirse a todos los trabajadores que manejan sustancias peligrosas al menos una vez al año, cada vez que se incluya una nueva sustancia y cada vez que se actualice la HDS o la señalización. Su contenido mínimo son las dieciséis secciones de la hoja y los elementos de la señalización, y el registro debe conservarse al menos dos años, incluido el de los integrantes de la comisión de seguridad e higiene.


La SDS del proveedor extranjero frente a la HDS que exige la norma

Punto de control SDS que envía el proveedor Lo que exige la NOM-018-STPS-2015
Idioma Inglés (norma OSHA / HazCom) Español, obligatorio (numeral 9.1)
Secciones 16 secciones GHS, pero con criterios de otro país Las 16 secciones del numeral 9.2
Disponibilidad Archivo digital en compras o en el corporativo Consulta permanente en el área de manejo (6.4)
Inventario No lo genera el proveedor Listado con nombre, CAS y clasificación (Capítulo 8)
Señalización La etiqueta comercial del envase original Señalización propia, visible y coincidente con la HDS
Capacitación Ninguna Anual, documentada, sobre las 16 secciones
Lo que el proveedor entrega no equivale al sistema armonizado que la norma exige al patrón.

Lo que la ley exige (y lo que no)

  • Sí exige contar con el sistema armonizado e implementarlo, no solo tenerlo en papel (numerales 6.1 y 6.2).
  • Sí exige que la HDS esté en español, aunque la sustancia sea de importación y el corporativo trabaje en inglés.
  • Sí exige informar a trabajadores y contratistas, incluidos quienes intervienen en emergencias (numeral 6.6): el personal de limpieza y mantenimiento externo entra en el supuesto.
  • Sí exige entregar la HDS a los clientes cuando la empresa comercializa la sustancia (numeral 6.8).
  • Sí exige exhibir a la autoridad laboral los documentos que la norma obliga a elaborar y poseer, cuando los requiera (numeral 6.9).
  • No exige un formato oficial de hoja de datos de seguridad: el numeral 9.1 admite formato libre, siempre que contenga las dieciséis secciones.
  • No exige contratar una unidad de verificación: la evaluación de la conformidad por unidad acreditada es opcional para el patrón.
  • No aplica a productos terminados destinados al consumidor final, como medicamentos, aditivos alimenticios y cosméticos, conforme a su campo de aplicación.

Riesgos si no se cumple

Multa administrativa. El incumplimiento de las normas oficiales mexicanas de seguridad e higiene se sanciona conforme al artículo 994, fracción V, de la Ley Federal del Trabajo, con multa de 250 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización. Con la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026, de $117.31 pesos diarios, el rango va de $29,327.50 a $586,550.00 pesos. Y el artículo 992 precisa que, cuando en un solo acto u omisión se afecta a varios trabajadores, se impone sanción por cada trabajador afectado: con treinta operadores expuestos, la aritmética deja de ser teórica.

Restricción de operaciones. Cuando la inspección detecta peligro inminente para la vida o la salud de los trabajadores, la autoridad laboral puede ordenar medidas de aplicación inmediata, incluida la restricción del área. En proceso continuo, el paro cuesta más que la multa.

Responsabilidad por riesgo de trabajo. Ante una intoxicación, una quemadura química o una lesión ocular, la ausencia de HDS accesible y de capacitación documentada se convierte en el eje del expediente: el IMSS puede fincar capital constitutivo y el trabajador demandar indemnización por riesgo de trabajo. En la defensa de demandas laborales por riesgos de trabajo, el registro de capacitación firmado, con fecha y contenido, suele valer más que cualquier testimonial.


Checklist para RH y seguridad e higiene

  1. Recorra almacén, producción, mantenimiento, laboratorio y limpieza, y levante el inventario real de sustancias y mezclas peligrosas.
  2. Complete el listado con el número CAS de cada sustancia y, en mezclas, el de sus componentes, más la clasificación de peligros físicos y para la salud con su categoría.
  3. Solicite a cada proveedor la hoja de datos de seguridad en español y verifique las dieciséis secciones; si solo existe en inglés, documente la solicitud y gestione la versión en español.
  4. Coloque juegos de HDS de consulta permanente en cada área de manejo y deje constancia de su ubicación en el programa de seguridad.
  5. Revise que la señalización de depósitos, recipientes, anaqueles y áreas coincida con la clasificación de la HDS: mismo pictograma, misma palabra de advertencia, mismas indicaciones de peligro.
  6. Sustituya la señalización que siga basada en el rombo de la NOM-018-STPS-2000 y documente la fecha del reemplazo.
  7. Programe la capacitación anual sobre las dieciséis secciones y la señalización, inclúyala en el plan de la Comisión Mixta y conserve constancias y listas de asistencia por lo menos dos años.
  8. Extienda la información a contratistas y personal externo, con acuse por escrito en el contrato de servicios o en el pase de acceso a planta.
  9. Actualice listado y hojas cada vez que entre una sustancia nueva o cambie la información de peligros, con un responsable nominal de esa actualización.
  10. Integre el expediente en una sola carpeta —listado, HDS, evidencia fotográfica de la señalización y constancias de capacitación— lista para exhibirse en el acto de inspección (numeral 6.9).

Si su empresa prepara una visita de la autoridad laboral, conviene revisar este expediente junto con el resto del programa de seguridad y salud: en Jurify acompañamos a las empresas durante las inspecciones de la STPS y ordenamos la documentación previa dentro de un plan de cumplimiento laboral. Somos abogados laborales en Tijuana que representan exclusivamente a patrones.


Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y no constituye asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente. Cada centro de trabajo presenta condiciones particulares que deben analizarse en lo individual con un profesional del derecho.

Fuentes: Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2015, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de octubre de 2015 (numerales 6, 8, 9, 10, 11 y 13, y artículos transitorios); Ley Federal del Trabajo, artículos 992 y 994, fracción V; Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (DOF, 13 de noviembre de 2014); NOM-005-STPS-1998 y NOM-010-STPS-2014 (DOF, 28 de abril de 2014); INEGI, valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente a partir del 1 de febrero de 2026 ($117.31 pesos diarios).

Deja un comentario