Certificado Laboral para la Agroexportación: desde el 1 de octubre, el expediente laboral viaja con la fruta

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Desde el 1 de octubre de 2026 ninguna caja de aguacate mexicano sale del país si, detrás del pedimento, no existe un expediente laboral que la STPS ya revisó. El Certificado Laboral para la Agroexportación (CLA) convirtió el cumplimiento laboral y de seguridad social en un requisito de exportación: sin él, la mercancía no se despacha en la aduana. El aguacate es apenas el primer producto del piloto, y el artículo que lo sostiene —el 283 Quáter de la Ley Federal del Trabajo— no está escrito para un solo cultivo. Para la empresa agrícola de Ensenada o San Quintín, la pregunta ya no es si el mecanismo la alcanzará, sino si su expediente aguantará la revisión cuando lo haga.


Qué es exactamente el CLA

El Certificado Laboral para la Agroexportación es un documento nominativo e intransferible que emite la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y acredita que una persona física o moral de la cadena agrícola exportadora cumple sus obligaciones laborales y de seguridad social. No lo expide un certificador privado ni un cliente extranjero: lo expide la autoridad laboral, con información que cruza contra los registros del IMSS y de otras dependencias. Su base es el artículo 283 Quáter de la LFT, adicionado por decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2026.

La diferencia con casi cualquier otra obligación patronal está en el punto de control: aquí no hay inspector que toque la puerta. El filtro es la aduana. Sin certificado vigente declarado en el despacho, la operación de exportación no procede.


La ruta normativa: cuatro publicaciones y una fecha

  • 1 de mayo de 2026. Decreto que adiciona el artículo 283 Quáter a la LFT y crea la facultad de certificación.
  • 15 de junio de 2026. Disposiciones de carácter general que determinan los procedimientos del CLA.
  • 15 de septiembre de 2026. Lineamientos Generales de Operación de la Plataforma VELAGRO, que fijan el trámite, la evaluación y la vigencia. Ese día arrancó la fase 1 del piloto —el registro del solicitante—, que cerró el 30 de septiembre.
  • 1 de octubre de 2026. Acuerdo que sujeta la exportación de aguacate, fracción arancelaria 0804.40.01, a la regulación de la STPS mediante el CLA.

El piloto sigue por fases: el registro de los demás participantes de la cadena está previsto para noviembre de 2026; la incorporación progresiva de registros patronales, para los primeros meses de 2027, y la transición al régimen permanente concluye a principios de 2028. El estándar de exigencia no se queda donde está hoy: sube cada trimestre.


El trámite es la parte fácil

La solicitud se presenta exclusivamente en VELAGRO, con e.firma vigente. No se piden copias simples: se llena un formulario electrónico con RFC, registros patronales ante el IMSS, identificación de predios y superficie, volúmenes, número de personas trabajadoras y domicilios. La autoridad formula una sola prevención, con cinco días hábiles para desahogarla, y debe resolver en un plazo máximo de cinco días hábiles, con afirmativa ficta si no lo hace.

Lo que decide el resultado no es la captura: es el historial que el IMSS ya tiene de la empresa. Y el resultado no es binario, porque el certificado se clasifica por nivel de cumplimiento, y de ahí dependen su vigencia y sus emisiones anuales:

Tipo Nivel de cumplimiento Vigencia Emisiones al año Qué significa en la operación
A 90 a 100 % 4 meses Hasta 3 Cobertura prácticamente continua del ciclo
B 80 a 89 % 3 meses Hasta 3 Deja huecos de calendario que hay que planear
C 70 a 79 % 1 mes Hasta 3 Tres meses de exportación posible en todo el año
D 60 a 69 % 1 mes Una sola Un mes de exportación y se acabó el año
Clasificación del CLA conforme a los Lineamientos de Operación de VELAGRO (DOF, 15 de septiembre de 2026).

Esa tabla es, en los hechos, el verdadero tabulador de sanciones: un expediente débil no produce una multa, produce un certificado tipo D y una temporada perdida. Si no se alcanza el nivel mínimo, el certificado se niega, con posibilidad de regularizarse y volver a intentarlo.


Qué se evalúa: el expediente del artículo 283

La evaluación no se limita al exportador. Alcanza a productores, cuadrillas de corte, centros de empaque, intermediarios y prestadores de servicios agrícolas: todos deben quedar registrados y el cumplimiento de todos pesa en el certificado de quien exporta. Si su empresa contrata personal de campo a través de terceros, la revisión del esquema de subcontratación y del registro REPSE dejó de ser un asunto interno: ahora viaja con la fruta.

El contenido sustantivo es el catálogo de obligaciones especiales del artículo 283 de la LFT: pagar los salarios en el lugar donde se presta el servicio y en periodos que no excedan de una semana; habitaciones adecuadas e higiénicas con agua potable y servicios sanitarios; alimentación y agua apta durante la jornada; traslado seguro; equipo de protección personal; servicios de cuidado infantil, y el manejo de agroquímicos.

Ese catálogo ya resistió el escrutinio constitucional: en agosto de 2026 la Suprema Corte validó los artículos 283 y 284 al resolver amparos de empresas agrícolas, y sostuvo que las aportaciones al Infonavit y la obligación de dar habitación durante la relación laboral persiguen fines distintos. No son alternativas: son acumulativas.


Lo que la ley exige (y lo que no)

  • Sí exige contar con CLA vigente para exportar la mercancía sujeta a la regulación y declararlo en el pedimento al momento del despacho.
  • Sí exige registrar en VELAGRO a los participantes de la cadena de valor, no sólo al exportador.
  • Sí exige información verídica y datos de contacto actualizados: de ahí salen las notificaciones y la prevención única de cinco días hábiles.
  • No exige copias simples ni acudir a ventanilla: el trámite es íntegramente electrónico.
  • No sustituye los requisitos fitosanitarios, aduaneros ni de comercio exterior, que corren en paralelo, ni releva de la inspección ordinaria de la STPS.
  • No alcanza todavía a productos distintos del aguacate, pero el artículo 283 Quáter no está limitado a un cultivo: la lista de mercancías se amplía por acuerdos posteriores.

Riesgos si no se cumple

Operativo. Sin certificado vigente, la exportación de la fracción regulada no se despacha. En fruta perecedera el costo no es la multa: es el embarque.

De calendario. Un expediente débil no impide exportar de inmediato, pero acorta la vigencia a un mes y limita las emisiones: una empresa tipo D puede quedarse con una sola ventana en todo el año.

De seguridad social. El cruce de lo declarado en VELAGRO con los registros del IMSS hace visibles las diferencias entre el personal real en campo y el inscrito, y entre el salario pagado y el salario base de cotización. Esas diferencias derivan en créditos fiscales, capitales constitutivos y recargos.

Sancionador. Las violaciones a las normas de trabajo se cuantifican sobre la UMA —117.31 pesos diarios desde el 1 de febrero de 2026— y, conforme al artículo 992 de la LFT, cuando un solo acto u omisión afecta a varios trabajadores se impone una sanción por cada trabajador afectado. En una operación con cientos de jornaleros, una omisión documental se multiplica por la plantilla.


Por qué importa en Baja California aunque el piloto sea el aguacate

La zona agrícola de Ensenada y San Quintín trabaja con ciclos cortos, alta rotación y cuadrillas contratadas por temporada: justo el perfil que el mecanismo está diseñado para revisar. Altas y bajas fuera de plazo, personal que entra el lunes y se registra el viernes, cuadrillas de terceros sin trazabilidad, habitaciones y traslados que nadie documenta porque siempre se dieron por hechos.

Construir ese expediente toma meses. Quien espere al acuerdo que incorpore su fracción arancelaria llegará tarde: la evaluación se hace con información del periodo inmediato anterior, así que cuando la obligación llegue, el historial que la STPS va a revisar ya estará escrito. Anticiparlo es hoy trabajo de cumplimiento laboral preventivo, no de reacción.


Checklist para RH

  1. Confirme si alguna fracción arancelaria que exporta su empresa está sujeta al CLA y dé seguimiento a los acuerdos que la STPS publique en el DOF sobre nuevas mercancías.
  2. Verifique la vigencia de la e.firma y designe a un responsable de operar VELAGRO y atender notificaciones.
  3. Levante el mapa de la cadena de valor —productores, cuadrillas, empacadoras, intermediarios y prestadores de servicios— con RFC y registro patronal de cada uno.
  4. Concilie plantilla real contra plantilla asegurada por predio y temporada, y corrija altas, bajas y modificaciones de salario fuera de plazo antes de declarar información.
  5. Revise que el salario base de cotización refleje lo efectivamente pagado, incluidos destajos, bonos de productividad y pagos en especie.
  6. Integre el expediente del artículo 283: pago semanal en el lugar de trabajo, condiciones de las habitaciones, agua potable y alimentación, servicios sanitarios, traslados y cuidado infantil.
  7. Documente el manejo de agroquímicos: hojas de datos de seguridad en español, capacitación del personal aplicador, equipo de protección entregado y vigilancia a la salud.
  8. Revise los contratos con terceros que aporten personal, su registro REPSE y sus informativas, y prepare con anticipación la respuesta a la prevención: cinco días hábiles es poco si la evidencia está dispersa entre campo, nómina y contabilidad.
  9. Conserve la evidencia conforme al artículo 804 de la LFT; ante una inspección de la STPS responde el mismo expediente.

El CLA cambió el lugar donde se cobra el incumplimiento laboral en el campo. Antes se cobraba en el juicio, años después, con un trabajador que ya se fue; ahora se cobra en la aduana, el mismo día, con la fruta cargada. En Jurify representamos exclusivamente a patrones y empresas: si quiere revisar su expediente antes de que la obligación alcance su producto, podemos agendar una revisión.

Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal para un caso concreto. La aplicación de las disposiciones citadas depende de las circunstancias de cada centro de trabajo y de las publicaciones posteriores en el Diario Oficial de la Federación.

Fuentes: Decreto que adiciona el artículo 283 Quáter a la LFT, DOF, 1 de mayo de 2026; Disposiciones de carácter general sobre los procedimientos del Certificado Laboral para la Agroexportación, DOF, 15 de junio de 2026; Lineamientos Generales de Operación de la Plataforma Velagro, DOF, 15 de septiembre de 2026; Acuerdo de mercancías sujetas a regulación de la STPS mediante el CLA, DOF, 1 de octubre de 2026; Ley Federal del Trabajo, artículos 283, 283 Quáter, 804 y 992; SCJN, resoluciones de agosto de 2026 sobre los artículos 283 y 284 de la LFT; INEGI, valor de la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026.

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